Aunque toda la información relativa al proceso electoral está contenida en la comunicación anterior remitida por esta Hermandad, recordamos los requisitos que deben seguir los hermanos residentes en otras localidades que, por enfermedad acreditada, le impidan ejercer presencialmente su derecho al voto.
A tenor de lo establecido en las vigentes Normas Diocesanas, se reconoce la facultad de votar por correo:
- La acreditación del estado de enfermedad mediante certificado médico oficial.
- La constancia en el censo electoral de residir fuera de Sevilla capital.
- La constancia en el censo electoral del número del DNl, o documento oficial equivalente en el caso de extranjero.
- Los hermanos solicitarán el voto mediante solicitud por escrito (rellenando el escrito adjuntado SOLICITUD DE VOTO POR CORREO), que deberá estar en posesión de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada para el Cabildo de Elecciones. Por expresa disposición del Delegado Episcopal de Asuntos Jurídicos de Hermandades y Cofradías, no está permitida esta solicitud por correo electrónico.
La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales para ejercer el voto por correo.
INSTRUCCIONES DE CÓMO VOTAR POR CORREO
- La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se cerrará. Este sobre, tiene que contener la papeleta de voto que elija y una fotocopia del DNI. Este sobre cerrado, deberá introducirse en otro sobre que tiene que estar dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite deberá hacer constar su nombre, apellidos y la dirección.
- El envío del voto por carta se hará por certificado de correos con acuse de recibo.
- Los votos emitidos por correo, deberán de enviarse a la siguiente dirección postal:
Pontificia, Real e Ilustre Hermandad y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Expiración y Nuestra Señora del Patrocinio en su Dolor y Gloria
A/a Secretario de la Hermandad
C/Castilla, 182
41010 SEVILLA
A/a Secretario de la Hermandad
C/Castilla, 182
41010 SEVILLA
IMPORTANTE
- Serán admitidos los votos recibidos hasta 24 horas antes de la celebración del Cabildo de Elecciones.
- La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida, la cual custodiará hasta la constitución de la mesa electoral.
- No se admite voto por delegación. El voto es personal de forma directa en la mesa electoral o por correo, cumpliendo las obligaciones indicadas.